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Una OIG del Sur

El Centro del Sur es una organización intergubernamental (OIG) de países en desarrollo con sede en Ginebra. El Centro del Sur fue establecido mediante un Acuerdo Constitutivo que entró en vigor el 31 de julio de 1995.

El Centro surge de la labor y experiencia de la Comisión del Sur , de su mecanismo de seguimiento así como del reconocimiento de la necesidad de una cooperación Sur-Sur fortalecida. El Informe de la Comisión del Sur puso de relieve que el Sur no está bien organizado en el plano mundial y que, en consecuencia, no ha sido eficaz a la hora de movilizar sus considerables conocimientos especializados y experiencia ni de utilizar su poder de negociación.

Por lo tanto, el objeto del Centro es responder a la necesidad de análisis de problemas y experiencias en la esfera del desarrollo y proporcionar a los países en desarrollo apoyo intelectual y en materia de políticas para que puedan emprender acciones individuales y colectivas, en particular en el plano internacional.

Naturaleza y estructura

En el artículo VI del Acuerdo constitutivo del Centro del Sur se estable que el Centro tendrá tres órganos principales:

  • el Consejo de Representantes , integrado por los representantes de los Estados miembros;
  • la Junta , integrada por el Presidente y nueve miembros que actúan a título personal y son nombrados por el Consejo de Representantes, debe reflejar un amplio equilibrio geográfico entre los países del Sur; y
  • la Secretaría , dirigida por el Director Ejecutivo , presta asistencia en la consecución de los objetivos del Centro.

Objetivos y funciones

Conforme se dispone en el artículo II del Acuerdo Constitutivo, los objetivos fundamentales del Centro son:

  • Promover la solidaridad del Sur, la toma de conciencia del Sur y el conocimiento y la comprensión mutuos entre los países y pueblos del Sur;
  • Promover diversos tipos de cooperación y de medidas Sur-Sur, así como los vínculos, las redes de colaboración y el intercambio de información Sur-Sur;
  • Contribuir a la colaboración a nivel de todo el Sur a los efectos de promover los intereses comunes y una participación coordinada de los países en desarrollo en los foros internacionales que se ocupan de las cuestiones Sur-Sur y Norte-Sur y de otros problemas mundiales;
  • Fomentar opiniones y enfoques convergentes entre los países del Sur con respecto a cuestiones económicas, políticas y estratégicas mundiales relacionadas con los nuevos conceptos de desarrollo, soberanía y seguridad;
  • Contribuir a mejorar la comprensión mutua y la cooperación entre el Sur y el Norte sobre la base de la equidad y la justicia para todos y, a tal efecto, contribuir a la democratización y al fortalecimiento de las Naciones Unidas y de su sistema de organizaciones.

En general, el Centro del Sur contribuye a articular puntos de vista del Sur sobre cuestiones políticas fundamentales y genera ideas y propuestas prácticas para su examen por los gobiernos del Sur, las instituciones de cooperación Sur-Sur, las organizaciones intergubernamentales y no gubernamentales y la comunidad en general.

Con el objeto de alcanzar sus objetivos y dentro de los límites de su capacidad y mandato, el Centro atiende también las solicitudes de asesoramiento normativo y de apoyo técnico y de otra naturaleza que formulan entidades colectivas del Sur, como el Grupo de los 77 y China y el Movimiento de los Países no Alienados.

El Centro desempeña esas funciones mediante la investigación y el análisis orientados a la definición de políticas y a través de la publicación y la amplia difusión de los resultados de su labor.